Acerca de la División de Licenciamiento para Ofrecer Cuidado en la
Comunidad
Nuestra misión
La misión de la División de Licenciamiento para Ofrecer Cuidado en la Comunidad (CCLD) es promover la salud, la seguridad y la calidad de vida de cada persona que recibe cuidado en la comunidad mediante la administración de un sistema de cumplimiento reglamentario eficaz y colaborativo.
Esto se logra al:
- Promover estrategias para aumentar el cumplimiento voluntario.
- Brindar asistencia técnica y asesoramiento a los proveedores de cuidado de la salud.
- Trabajar en colaboración con los clientes, sus familias, defensores, proveedores de cuidado de la salud, agencias de colocación, programas relacionados y agencias reguladoras, y otras personas involucradas en el cuidado en la comunidad.
- Capacitar al personal en todos los aspectos del proceso de licenciamiento.
- Informar al público sobre la CCLD y las opciones de cuidado en la comunidad.
- Promover la mejora continua y la eficiencia en todo el sistema de licenciamiento de cuidado en la comunidad.
Nuestra historia
En 1973, la Legislatura promulgó la Ley sobre Centros para el Cuidado en la Comunidad (Community Care Facilities Act), que sería administrada por el Departamento de Salud. Esta ley estableció un sistema estatal de cuidado en la comunidad (independiente del cuidado de la salud) para personas con discapacidades mentales y del desarrollo, así como para niños y adultos socialmente dependientes. La ley exigía que el Departamento de Salud, junto con los proveedores de cuidado de la salud (Comité Asesor sobre Centros para el Cuidado en la Comunidad), establecieran conjuntamente nuevas normas para el licenciamiento de los centros de cuidado no médico fuera del hogar.
En 1978, la Legislatura estableció, dentro de la Agencia de Salud y Bienestar Público, los Departamentos de Salud Mental, Programas de Alcohol y Drogas, Servicios para el Cuidado de la Salud, Servicios para Personas con Discapacidades del Desarrollo, Servicios Sociales, y la Oficina de Planificación y Desarrollo de la Salud a Nivel Estatal. El Departamento de Servicios de Salud fue reorganizado y conservó la responsabilidad de otorgar licencias para todos los centros de cuidado de la salud (modelos médicos/entornos institucionales), mientras que las responsabilidades de otorgar licencias para todos los centros para el cuidado en la comunidad (modelos sociales/entornos residenciales) se transfirieron al nuevo Departamento de Servicios Sociales de California (CDSS). El Programa de Licenciamiento para Ofrecer Cuidado en la Comunidad (CCL), junto con varios programas del antiguo Departamento de Pagos de Beneficios, se combinaron para formar el actual Departamento de Servicios Sociales.
El cuidado en la comunidad se concibió originalmente como un entorno normalizador y lo menos restrictivo posible para las personas que necesitaban cuidado y supervisión básica que les ayudaran a realizar las actividades de la vida diaria. Se preveía que los niños y adultos ubicados en dichos entornos necesitarían poco más que un ambiente saludable, seguro y que les brindara apoyo.
Actualmente, el Programa CCL sigue siendo una división dentro del CDSS. Sin embargo, la naturaleza del cuidado en la comunidad ha cambiado significativamente y ahora incluye el cuidado de personas cuyas necesidades requieren el manejo de problemas graves de adaptación conductual, trastornos mentales graves y necesidades médicas importantes. Para dar mayor importancia a las diferentes poblaciones a las que presta servicio, el Programa CCL se rige actualmente por tres leyes de licenciamiento independientes y una cuarta ley que se promulgó en 1990.
Nuestras funciones y responsabilidades
- La prevención reduce el daño previsible a las personas bajo cuidado
mediante:
- Orientación previa a la obtención del licenciamiento.
- Evaluación preliminar de los solicitantes.
- Realización de revisión de antecedentes.
- Plan de operaciones.
- Aprobación de medidas en caso de incendio.
- Requisitos de personal.
- Verificación financiera.
- Exámenes de salud.
- Visita previa al licenciamiento para inspeccionar las instalaciones físicas.
- Aporte de información sobre leyes y reglamentos.
- El cumplimiento reglamentario garantiza que los centros de cuidado en la
comunidad funcionen de acuerdo con las leyes y reglamentos aplicables (y con el
Código de Reglamentos de California). El cumplimiento se mantiene mediante:
- Inspecciones de instalaciones sin previo aviso.
- Investigaciones de quejas.
- Emisión de avisos de deficiencia.
- Consultas.
- Educación y apoyo técnico.
- Cumplimiento reglamentario: CCL toma medidas correctivas cuando un
titular de licencia no protege la salud, la seguridad y los derechos personales
de las personas bajo cuidado, o cuando no está dispuesto o no es capaz de
mantener un cumplimiento sustancial de las leyes y reglamentos de licenciamiento.
El cumplimiento se mantiene mediante:
- Multas y sanciones civiles (estas pueden variar según la infracción).
- Conferencias de oficina sobre incumplimiento.
- Acciones legales administrativas (1,345 en 1998).
- Denegación de solicitudes.
- Planes de cumplimiento.
- Licencia sujeta a período de prueba.
- Suspensión temporal de la licencia.
- Revocación de la licencia.
- Exclusiones para licenciatarios y empleados.
Línea de ayuda ética de la CCLD.
Tipos de establecimientos con licencia y datos.