Esta página proporciona información a los departamentos de bienestar público del condado con respecto a la Respuesta Ante Desastres de CalFresh, tanto CalFresh en caso de desastre (Disaster CalFresh o D-CalFresh) como las exenciones de respuesta de emergencia.
Si usted es una persona afectada por un desastre reciente y necesita asistencia alimentaria o información adicional sobre D-CalFresh o sobre las iniciativas generales de respuesta de emergencia de CalFresh, comuníquese con el departamento de bienestar público de su condado para obtener más información.
Respuesta Ante Desastres de CalFresh
Información importante sobre la Respuesta Ante Desastres de CalFresh
El CDSS publicará periódicamente en esta página web información actualizada sobre la Respuesta Ante Desastres de CalFresh como incendios forestales, terremotos y tormentas severas. Los materiales informativos sobre las operaciones de la Respuesta Ante Desastres de CalFresh están disponibles y se pueden consultar en la página web de Materiales informativos de la Respuesta Ante Desastres de CalFresh.
- El 6 de marzo de 2026, el FNS aprobó la solicitud del CDSS para extender la siguiente exención. Los hogares que reciben CalFresh en las áreas afectadas tendrán hasta el 19 de marzo de 2026 para solicitar beneficios individuales de reemplazo.
- El 2 de marzo de 2026, el FNS aprobó la solicitud del CDSS para implementar la siguiente exención para códigos postales específicos:
- Exención de reemplazo masivo automatizado ( Condados: Amador, Butte, Calaveras, El Dorado, Fresno, Humboldt, Mariposa, Mendocino, Nevada, Placer, Plumas, San Bernardino, San Luis Obispo, San Mateo, Sierra, Siskiyou, Sonoma, Trinity, Tulare, Tuolumne, Yolo y Yuba)
- El 26 de febrero de 2026, el FNS aprobó la solicitud del CDSS para modificar la siguiente exención. Los hogares que reciben CalFresh en las áreas afectadas tendrán hasta el 9 de marzo de 2026 para solicitar beneficios individuales de reemplazo.
- El 23 de febrero de 2026, el FNS aprobó la solicitud del CDSS para extender la siguiente exención. Los hogares que reciben CalFresh en las áreas afectadas tendrán hasta el 9 de marzo de 2026 para solicitar beneficios individuales de reemplazo.
- El 6 de enero de 2026, el FNS aprobó la solicitud del CDSS para extender la siguiente exención. Los hogares que reciben CalFresh en las áreas afectadas tendrán hasta el 20 de enero de 2026 para solicitar beneficios individuales de reemplazo.
- El 30 de diciembre de 2025, el FNS aprobó la solicitud del CDSS para extender la siguiente exención. Los hogares que reciben CalFresh en las áreas afectadas tendrán hasta el 20 de enero de 2026 para solicitar beneficios individuales de reemplazo.
Esfuerzos de respuesta ante desastres:
Para obtener recursos adicionales o para cualquier necesidad, envíe un correo electrónico a
disastercalfresh@dss.ca.gov.
Descripción general de la Respuesta Ante Desastres de CalFresh
Tipos de exención para respuesta de emergencia
Exención de notificaciones oportunas
La exención de notificación oportuna extiende el plazo de 10 días dentro del cual los hogares que reciben CalFresh deben notificar la pérdida de alimentos para poder solicitar individualmente los beneficios de reemplazo. Normalmente, este plazo se extiende hasta 30 días después de que ocurriera el desastre. Para obtener más información sobre las aprobaciones de exenciones específicas, consulte los enlaces sobre la exención de notificaciones oportunas en la sección de información importante que aparece arriba.
Exención de reemplazo masivo automatizado
La exención de reemplazo masivo automatizado permite reemplazar un determinado porcentaje de la asignación de beneficios de un hogar sin necesidad de presentar solicitudes individuales. Esta exención se utiliza con mayor frecuencia cuando se puede presumir la pérdida de alimentos debido a los efectos adversos generalizados de un desastre (incendios forestales, tormentas, inundaciones, interrupciones del suministro eléctrico, etc.) que afecta a la mayoría (50 por ciento o más) de los residentes en un área geográfica determinada (por ejemplo, un código postal) durante cuatro horas o más. Para obtener más información sobre las aprobaciones de exenciones específicas, consulte los enlaces sobre la exención de reemplazo masivo automatizado en la sección de información importante anterior.
CalFresh en caso de desastre (D-CalFresh)
¿Qué es D-CalFresh?
El programa D-CalFresh, conocido a nivel federal como el programa de asistencia nutricional suplementaria en caso de desastre (D-Snap), es una forma de satisfacer las necesidades nutricionales temporales de las víctimas de desastres naturales como inundaciones, incendios, terremotos o cualquier otro desastre natural. El programa D-CalFresh proporciona beneficios equivalentes a un mes en una tarjeta de transferencia electrónica de beneficios (EBT) que se puede utilizar para comprar alimentos en tiendas minoristas autorizadas. D-CalFresh solo está disponible cuando se dan todos los siguientes elementos:
- Se ha emitido una declaración de desastre mayor por parte del presidente que autoriza la Asistencia Individual (Individual Assistance o IA) en la zona afectada;
- Los canales comerciales de distribución de alimentos se vieron interrumpidos y dichos canales comerciales se han restablecido, y
- El estado de California ha sido autorizado para operar un programa de D-Calfresh.
Los materiales informativos para las operaciones de D-CalFresh están disponibles y se pueden consultar en la página web de Materiales informativos de CalFresh en caso de desastre .
¿Quiénes pueden solicitar D-CalFresh?
Los hogares que vivían o trabajaban en una zona para la que se emitió una declaración de desastre mayor por parte del presidente con IA, y que se vieron afectados negativamente por el desastre, pueden solicitar D-CalFresh.
Si usted es un beneficiario actual de CalFresh afectado por el desastre y cumple con los requisitos de elegibilidad del hogar que se enumeran a continuación, podría ser elegible para recibir beneficios suplementarios por desastre. Si usted es un nuevo solicitante afectado por el desastre y cumple con los requisitos de elegibilidad del hogar que se enumeran a continuación, podría ser elegible para recibir la asignación mensual completa de beneficios por desastre.
Requisitos de elegibilidad de los hogares para D-CalFresh
1) Residencia
Los miembros del hogar deben haber vivido o trabajado en la zona afectada por el desastre en el momento en que este ocurrió. Si algún miembro de un hogar vivió o trabajó en la zona afectada por el desastre durante el período de beneficios por desastre, todos los miembros del hogar podrían ser elegibles para D-CalFresh. La zona afectada por el desastre se define en la declaración presidencial de desastre mayor con IA.
2) Compra de alimentos
El hogar debe haber comprado o planeado comprar alimentos durante el período de beneficios por desastre, o haber comprado alimentos durante ese tiempo si el período de beneficios ya ha finalizado.
3) Efectos adversos
Los efectos adversos relacionados con los desastres se dividen en tres categorías: pérdida de ingresos, inaccesibilidad a los recursos y gastos derivados del desastre. Para poder optar al programa D-CalFresh, el hogar debe haber experimentado al menos uno de los efectos adversos.
4) Ingresos y recursos
La Elegibilidad Categórica Modificada (MCE), en el programa regular de CalFresh, donde se excluyen los recursos de los hogares de CalFresh al determinar la elegibilidad para CalFresh, no se aplica en el programa D-CalFresh. Los ingresos y los recursos deben tenerse en cuenta para determinar la elegibilidad para el programa D-CalFresh de los hogares que han sufrido pérdidas a causa de un desastre.
Nota: El ingreso neto total (ingreso después de deducciones) recibido durante el período de beneficios, más los recursos líquidos accesibles, menos los gastos elegibles relacionados con el desastre, no deberá exceder el límite de ingresos brutos por desastre. Consulte los límites de ingresos brutos por desastre para el período del 10/1/25 al 9/30/26.